Libérate rápidamente de las deudas de tu empresa

¿Quieres salvar tu patrimonio?

El Concurso de acreedores exprés es una forma ágil y muy económica de liquidar todas las deudas con los proveedores, acreedores, Hacienda y Seguridad Social.

Confía en el concurso de acreedores exprés

Este procedimiento está diseñado especialmente para comercios y pequeñas empresas que van mal, no pueden pagar sus deudas, y no les queda más remedio que cerrar. Llegados a este punto lo importante no es la empresa, sois tu familia y tú.

Te ayudamos a cerrar rápida y legalmente tu negocio de forma que puedas volver a empezar de nuevo, sin arrastrar cargas anteriores.

Salva tu patrimonio por sólo 2.480 €, sin sorpresas, mediante pagos mensuales desde 149 €.

Precio concurso de acreedores exprés

Deudas < 100.000 €

Opción 1: Un pago inicial 990 €
y 10 cuotas mensuales de 149 €.

Opción 2: Cuotas mensuales de 248 €

Precio iva no incluido

2.480 €

Deudas > 100.000 €

Opción 1: Pago inicial 1.890 €
y 10 cuotas mensuales de 199 €

Opción 2: Cuotas mensuales de 390 €

Precio iva no incluido

3.900 €

¿Qué es un concurso de acreedores exprés?

Es una modalidad de concurso diseñado especialmente para pequeñas empresas y comercios que ahogados por las deudas se ven abocados al cierre y  no tienen bienes, o los que tiene son de muy escaso valor.

En caso de que la empresa disponga de un local, vehículos, maquinaria o bienes que puedan ser liquidados, no podrá acogerse a este procedimiento rápido, debiendo tramitar un concurso de acreedores ordinario.

¿Qué beneficios tiene el concurso exprés?

Cuando nos decidimos por un concurso exprés todo es mucho más rápido y económico que en el procedimiento ordinario.

Una vez se declara el concurso, este se concluye inmediatamente sin que tenga lugar ninguna liquidación o venta de bienes y sin que haya un nombramiento administrador concursal, evitando así un procedimiento judicial largo y costoso.

¿Por qué debo cerrar mi empresa mediante un concurso?

Esta es la única manera legal de hacerlo y salvar el patrimonio del administrador o dueño de la empresa, evitando responder de las deudas de la sociedad.

Es muy importante actuar con rapidez, pues en el momento en el que conozcamos que la empresa es insolvente y no puede pagar las deudas, sólo tenemos dos meses para presentar la solicitud de concurso de acreedores.

Una vez que se cierre el concurso de la empresa ¿Puedo iniciar una nueva actividad?

Definitivamente, sí. En cuanto el Juzgado dicta el Auto de conclusión del concurso, se declara automáticamente la extinción de la sociedad, por lo que el empresario habrá cumplido con su obligación y por tanto no responderá de las deudas de su empresa o comercio, por lo que su patrimonio personal quedará intacto y podrá volver a emprender.

¿Qué requisitos concurso de acreedores express tengo que cumplir para poder iniciarlo?

  • Que la sociedad no tenga bienes (o éstos sean de muy escaso valor), ni dinero para sufragar las deudas. Las empresas que tengan inmuebles, vehículos o maquinaria, no podrán acogerse al concurso exprés, debiendo tramitar en su lugar un concurso de acreedores ordinario.
  • Que el empresario haya actuado de buena fe, es decir que la crisis del negocio no haya sido provocada por una negligencia o irregularidad del administrador.

¿Qué ocurre si el empresario está avalando personalmente las deudas de la empresa?

En este caso, el administrador de la sociedad seguirá respondiendo de las deudas que avaló, aunque podrá solicitar una cancelación de las mismas a través de la Ley de Segunda oportunidad, librándose de las deudas para siempre.

Liquidación de empresas en concurso de acreedores

En la liquidación, los administradores concursales tienen que partir del inventario de la masa activa de bienes, que pertenece a los documentos que tienen que adjuntarse al estudio que ha de comunicar el órgano concursal (Art. 75 ,Ley Concursal). A este inventario se van a integrar los bienes y derechos objeto de las acciones de reintegración e impugnación al efecto de llevar a cabo el plan de liquidación.

El objetivo último del concurso de acreedores exprés es la ejecución de los bienes que comportan la masa activa del certamen, su transformación en metálico y el posterior pago a los acreedores. La ley Concursal dedica 4 etapas a la etapa de liquidación, logrando deducirse dos etapas en su tramitación, una consistente en llevar a cabo el patrimonio concursal y otra relativa al pago a los acreedores, cuando se ha operado esa ejecución

Tipos de concurso de acreedores

Hay dos maneras de pedir dicho concurso de acreedores exprés:

Concurso de Acreedores Voluntario

En esta situación es la persona física o responsable de la compañía la que lo realiza. Es sustancial destacar que esa persona, si tiene en su conocimiento información que prevea la quiebra de esa compañía, está en la obligación de pedir el certamen.

En caso opuesto puede recaer sobre la misma multas y también le tienen la posibilidad de imputar penalmente si el juez cree que la quiebra es causada por objetivos ilícitos.

Concurso de Acreedores Forzosa

Si es alguno de los socios o los acreedores los que solicitan el certamen. Esto puede producirse cuando hay desavenencias con la dirección de la sociedad.

Aquí es un juez el que tramita la aprobación de certamen y escoge si por último se transporta a cabo o no

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